Nuestra tecnología se basa en el Reglamento eIDAS y en la Ley 6/2020, que reconocen la validez jurídica del sellado de tiempo y de las evidencias electrónicas custodiadas por terceros de confianza.
La AEPD y diferentes tribunales españoles ya han aceptado certificados de terceros como prueba válida para demostrar consentimientos, contratos y comunicaciones.
Con edigital-trust, tu empresa adopta un estándar reconocido y alineado con las recomendaciones del EDPB sobre trazabilidad y prueba del consentimiento.
Respaldado por la normativa europea y aceptado en procedimientos reales
Demostrar lo que un usuario aceptó en un formulario ya no es una opción: es una obligación. El RGPD exige que el responsable pueda probar en cualquier momento que el interesado otorgó un consentimiento válido, libre, informado y verificable. En la práctica, significa que una simple casilla marcada no es suficiente y que un log interno puede ser fácilmente cuestionado. Para cubrir esta necesidad, edigital-trust se apoya en tecnologías y principios reconocidos por la Unión Europea: captura detallada del formulario, generación de evidencias electrónicas completas, sellos de tiempo cualificados e intervención de un tercero de confianza independiente. Todo el proceso queda diseñado para ofrecer una prueba sólida, verificable y admitida ante autoridades y tribunales.
AEPD y tribunales: qué pruebas se aceptan realmente
En múltiples resoluciones, tanto la Agencia Española de Protección de Datos como tribunales civiles han aceptado documentación certificada por terceros de confianza como prueba válida y suficiente para acreditar:
- La existencia de un consentimiento válido.
- La aceptación de términos y condiciones.
- La contratación electrónica realizada por un usuario.
- La recepción de comunicaciones y requerimientos previos.
- La integridad y trazabilidad de las acciones realizadas en la web.
En la mayoría de estos casos, la clave ha sido la intervención independiente de un tercero, que certificó quién hizo qué, cuándo y con qué contenido exacto. Este tipo de evidencia, cuando está bien diseñada y debidamente sellada, ofrece una seguridad jurídica que ningún log interno puede proporcionar.
Edigital-trust adopta este mismo estándar: extraemos, certificamos y custodiamos cada consentimiento con independencia total respecto al responsable del tratamiento. Esto refuerza su valor probatorio en cualquier reclamación.
Tecnología alineada con el Reglamento eIDAS y la Ley 6/2020
Nuestro sistema combina dos piezas que tienen un reconocimiento normativo claro:
1. Captura de la evidencia por un tercero de confianza no cualificado
Recogemos los datos introducidos, los consentimientos marcados, la versión legal mostrada y los metadatos técnicos.
Esta intervención independiente aporta:
- Imparcialidad
- Trazabilidad
- Integridad
- Custodia fiable y verificable
2. Sellado de tiempo cualificado emitido por un QTSP europeo
Recogemos los datos introducidos, los consentimientos marcados, la versión legal mostrada y los metadatos técnicos.
Esta intervención independiente aporta:
- Imparcialidad
- Trazabilidad
- Integridad
- Custodia fiable y verificable
Recomendaciones del EDPB: transparencia y trazabilidad del consentimiento
El Comité Europeo de Protección de Datos recomienda explícitamente que los responsables:
- Mantengan registros detallados de los consentimientos otorgados.
- Conserven información demostrable sobre cómo, cuándo y bajo qué condiciones se obtuvo ese consentimiento.
- Utilicen sistemas que aporten transparencia al usuario y responsabilidad proactiva al responsable.
Nuestro sistema está construido exactamente para cumplir con estas expectativas: genera una especie de “recibo de consentimiento” que acredita lo que el usuario aceptó y la versión legal que estuvo disponible en ese momento. Esta visión coincide con las mejores prácticas publicadas por la AEPD en materia de trazabilidad.
Evidencias completas, verificables y preparadas para litigios
Cada evidencia electrónica generada por edigital-trust reúne los elementos probatorios más relevantes:
- Datos enviados por el usuario
- Checkboxes y consentimientos marcados
- Texto exacto de las políticas y términos vigentes
- Metadatos de acceso
- Hash individual (integridad técnica)
- Hash raíz del lote diario
- Sello de tiempo cualificado (fecha cierta)
- Registro de custodia y auditoría
- Acceso a dossier probatorio en segundos
Esto proporciona una prueba consistente y altamente difícil de impugnar, porque demuestra no sólo que hubo consentimiento, sino qué se aceptó, cuándo, cómo y con qué garantías de integridad.
Una ventaja legal decisiva en disputas con usuarios
Cuando un usuario afirma “yo no acepté eso”, o cuando una autoridad pide demostrar si se tenía consentimiento para comunicaciones comerciales, uso de datos o contratación online, la diferencia entre tener edigital-trust o no tenerlo es enorme. Sin un tercero independiente, tu empresa aporta documentos creados por ella misma, que pueden ser discutidos fácilmente.
Con edigital-trust, puedes aportar:
- Evidencia capturada y certificada por un tercero
- Trazabilidad verificable
- Sello de tiempo cualificado que acredita cuándo existió esa evidencia
- Versiones legales exactas
- Dossier probatorio completo listo para entregar
Es la forma más sólida y eficaz de defender tus procesos de onboarding, registro y captación de consentimientos frente a reclamaciones y auditorías.
Conclusión: una capa de seguridad jurídica imprescindible
La tendencia en Europa es clara:
El responsable debe ser capaz de demostrar la realidad del consentimiento.
Y la mejor forma de hacerlo es utilizando evidencias electrónicas certificadas por un tercero de confianza, con sellos cualificados y custodia inmutable.
edigital-trust no solo cumple con este estándar: lo lleva a la práctica con una tecnología diseñada para empresas que necesitan seguridad jurídica real, no simples logs o capturas manuales.
Es la solución moderna, sólida y preparada para cualquier reclamación, sanción o auditoría en materia de protección de datos o contratación online.